Abogados en Cáceres: Consejos para redactar su testamento

Antes de proceder con los consejos más oportunos a tener en cuenta para redactar un testamento, la primera indicación es: redacte un testamento. Si bien, la ley regula situaciones en las que el fallecido no ha dejado un testamento, todos los abogados en Cáceres coinciden en que lo mejor es redactarlo.

Tener un testamento le dará la tranquilidad de saber que sus bienes serán distribuidos en la forma en que usted prefiera y no serán las reglas del código civil o legislaciones especiales las que decidan por usted.

Sin embargo, aunque se trata de su última voluntad, para garantizar el orden público así como los derechos de sus familiares, se han establecido ciertas condiciones que todo testador debe observar en la redacción de su testamento.

Una de las más importantes tiene que ver con la forma en que se distribuyen los bienes; como se dijo anteriormente, el legislador ha previsto la protección de los derechos de sus familiares y con ello ha logrado evitar que el testador, al designar un heredero universal en Madrid, le adjudique todos los bienes a éste.

En este sentido, existe una figura denominada legítima y es un derecho que asiste a los parientes más próximos al testador, a fin de asegurar que a los mismos les corresponda una cuota mínima de la totalidad de la herencia.

Las reglas para esta distribución si bien están establecidas en el código civil, también varían según las leyes de cada comunidad autónoma.                                                

Tipos de testamentos

Además de las reglas para la distribución de la herencia, el testador tiene que valorar otros elementos tales como los relacionados con la capacidad civil de una persona para aceptarla; este es el caso de los menores de edad o los incapacitados judicialmente, quienes deberán ser representados por sus responsables legales.

De igual forma, en la voluntad del testador tiene que expresarse la forma en que se redactará el testamento. Sobre este punto existen varias alternativas:

  • Testamento abierto: en esta modalidad, el testador acude ante el notario y comunica por escrito o de forma oral su última voluntad.
  • Testamento cerrado: en este caso, el testador también se dirige ante el notario, pero esta vez no le comunica su última voluntad, simplemente le hace saber que la misma se encuentra en un pliego que puede ser redactado de forma mecanografiada o a puño y letra del testador.
  • Testamento ológrafo: como su nombre lo indica, es aquel que solo puede ser redactado a puño y letra del testador.

 

Para profundizar sobre el tema, saber cómo proceder y cuál es la forma más conveniente de redactar su testamento, consulte con su abogado, él le explicará los efectos de cada modalidad y la manera más idónea de formalizar su última voluntad.

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